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¿Han ocupado tu vivienda? En L&G Abogados te explicamos qué hacer ante una ocupación ilegal, cómo recuperar tu casa por la vía civil o penal y qué errores evitar para proteger tu propiedad.
Ocupación ilegal de viviendas: qué hacer y cómo recuperar tu propiedad legalmente
¿Qué es la ocupación ilegal de viviendas?
La ocupación ilegal de una vivienda —popularmente conocida como okupación— ocurre cuando una persona entra o permanece en un inmueble sin la debida autorización del propietario.
Este tipo de situaciones se han incrementado en los últimos años, afectando tanto a particulares como a comunidades y empresas.
En L&G Abogados somos especialistas en recuperación de inmuebles ocupados. Asesoramos a propietarios en todo el proceso, desde la denuncia inicial hasta la ejecución del desalojo.
Diferencia entre ocupación ilegal, usurpación y allanamiento de morada
Aunque se suele hablar de “ocupación ilegal”, el Código Penal distingue dos figuras:
🔹 Usurpación (art. 245 CP)
Ocurre cuando alguien ocupa una vivienda que no es morada sin autorización o se mantiene en ella contra la voluntad del propietario.
Se considera delito contra la propiedad, sancionado con multa o prisión (de 1 a 2 años si hay violencia o intimidación).
🔹 Allanamiento de morada (art. 202 CP)
Se da cuando una persona entra o se queda en una vivienda habitada sin permiso de su titular.
Constituye delito contra la intimidad, con penas de prisión de 6 meses a 4 años.
Qué hacer si ocupan tu vivienda
Ante cualquier sospecha de ocupación —cerradura forzada, acceso manipulado, presencia de personas ajenas— actúa de inmediato:
Contacta con la Policía.
Reúne pruebas: fotos, vídeos, testigos.
Acredita tu propiedad: escrituras, contratos o recibos.
Consulta con un abogado especializado.
Una respuesta rápida es fundamental. Si se deja pasar el tiempo, la ocupación puede dejar de considerarse violenta, dificultando el desalojo.
Vías legales para recuperar tu inmueble
Existen dos principales procedimientos para recuperar la posesión:
⚖️ 1. Vía civil: desahucio exprés
Ideal cuando la ocupación no constituye delito.
A través del juicio verbal (art. 250.1.4º LEC), el propietario puede solicitar la entrega inmediata del inmueble, incluso contra ocupantes desconocidos.
El tribunal requiere a los ocupantes para que acrediten su derecho en 5 días. Si no lo hacen, se ordena el desalojo y la restitución de la vivienda.
En caso de personas vulnerables, los servicios sociales pueden intervenir para buscar soluciones alternativas.
⚖️ 2. Vía penal: delito de usurpación
Procede cuando la ocupación se realiza sin autorización ni título jurídico y con vocación de permanencia.
En estos casos, se puede solicitar al juez el desalojo como medida cautelar, siempre que existan indicios de delito y se respete la proporcionalidad.
Medidas administrativas y sanciones
Las administraciones públicas también pueden actuar frente a la inacción del propietario, sobre todo si se trata de un gran tenedor.
Algunas medidas previstas en distintas comunidades autónomas incluyen:
Multas coercitivas o sanciones económicas.
Cesión o alquiler forzoso de viviendas vacías.
Expropiación temporal del uso.
Intervención del ayuntamiento si el propietario no actúa frente a la ocupación.
Errores que no debes cometer ante una ocupación
Evita actuar por tu cuenta. Las siguientes conductas pueden tener consecuencias penales:
❌ Cambiar cerraduras sin autorización judicial.
❌ Cortar suministros (agua, luz, gas).
❌ Entrar en la vivienda sin orden judicial.
❌ Amenazar o agredir a los ocupantes.
A nivel legal, también se debe evitar:
Presentar la demanda fuera del plazo de un año.
No aportar el título de propiedad.
Omitir la notificación a los servicios sociales.
Confundir la vía civil con la penal (por ejemplo, con inquiokupas).
Consejos para prevenir la ocupación ilegal
Instala alarmas y sistemas de videovigilancia.
Mantén la vivienda en uso o revisada regularmente.
No publiques en redes sociales cuándo o dónde viajas.
Encarga a un familiar o vecino visitas periódicas al inmueble.
Si es una segunda residencia, valora su alquiler o cesión temporal.
En L&G Abogados te ayudamos a recuperar tu vivienda
En L&G Abogados contamos con amplia experiencia en derecho inmobiliario y penal.
Te asesoramos desde el primer momento para:
Identificar la vía legal más adecuada (civil o penal).
Iniciar el proceso de recuperación de la posesión.
Coordinar actuaciones con Policía, juzgados y servicios sociales.
Prevenir futuras ocupaciones mediante asesoramiento preventivo.
📞 Contáctanos hoy y recibe una evaluación gratuita de tu caso.
Te ayudaremos a recuperar tu propiedad con rapidez, seguridad y total respaldo jurídico.
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